Obligaciones de transparencia
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 3 fracciones XIX y XX, 12 fracciones I y II, 20, 56, 57, 59, 60 y 65 y demás relativos aplicables de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, numerales Primero, Octavo y Décimo de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones Establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como los artículos 1, 2 fracción V, 3, 4, 5, 6, 7 fracciones XXV, 8, 10, 12 fracción I y VI, 16 fracciones I, III, IV, XX, y XXI, 19, 51 fracción III, 52, 69, 71, 72, 75, 77, 78, 83, 142, 143, 144, 154, 157, у 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, el H. Ayuntamiento de Vicente Guerrero Puebla informa a la ciudadanía la Tabla de aplicabilidad de este Sujeto Obligado:
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Quejas y denuncias
Todos los servidores públicos pertenecientes al H. Ayuntamiento de Vicente Guerrero, Puebla, observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos, mismos que se encuentras establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
La Contraloría Municipal es el órgano encargado de investigar, substanciar y sancionar conductas que sean contrarias a los principios que rigen el servicio público, por lo que en esta instancia podrás presentar denuncias en contra de servidores públicos pertenecientes al H. Ayuntamiento de Vicente Guerrero, Puebla.
¿Cómo presentar una Denuncia en la Contraloría Municipal?
* El escrito debe ser dirigido a la Titular de la Contraloría Municipal o a la Coordinación Investigadora de Quejas y Denuncias, y deberá contener por lo menos:
- Domicilio, correo electrónico y número telefónico para recibir notificaciones.
- Narración detallada de los hechos que denuncia.
- Lugar, fecha y hora en que sucedieron los hechos.
- Firma del denunciante.
* Anexar copia de una identificación oficial (INE, pasaporte, cartilla militar o licencia de conducir).
* Anexar las pruebas con las que cuente
* Comparecer con original y copia de identificación oficial (INE, pasaporte, cartilla militar o licencia de conducir)
* Narrará de viva voz, y de manera detallada los hechos que denuncia.
Mediante escrito, que debe ser dirigido a la Titular de la Contraloría Municipal o a la Coordinación Investigadora de Quejas y Denuncias, y deberá contener por lo menos:
- Electrónico para recibir notificaciones.
-Narración detallada de los hechos que denuncia
-Lugar, fecha y hora en que sucedieron los hechos.
-Anexar las pruebas con las que cuente.